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Ahorro Voluntario de Corto Plazo en la Afore

El ahorro voluntario en la Afore es sin duda una de las mejores opciones para personas que buscan obtener rendimientos por arriba de la inflación, sin correr demasiados riesgos con su dinero. Sin embargo en ocasiones genera algunas dudas.

Jorge es un lector que me contactó para hacerme unas preguntas acerca del ahorro voluntario a corto plazo. Me parecieron muy interesantes y por ello tomé la decisión de escribir este post, para compartir estas inquietudes y mis respuestas con todos ustedes.

Ahorro Voluntario de Corto Plazo

Jorge me escribe:

Hace poco me cambié de Afore y esto me motivó a investigar más sobre las aportaciones voluntarias, en particular a corto plazo. Nunca he invertido en esta modalidad porque no conozco con absoluta claridad las reglas del juego, a diferencia de los Cetes. Cuando se pide ayuda de la Afore, por ejemplo por desempleo, el trabajador resulta perjudicado en semanas de cotización y monto de pensión, pero ¿Cómo opera a detalle respecto a costos y rendimientos el ahorro voluntario a corto plazo en la Afore? ¿El retiro de estas aportaciones no me afectará y podré recibir ganancias como en Cetes?

En este sentido no tienes ningún problema. El ahorro voluntario es un servicio adicional que te presta tu Afore, por lo cual no tienes ninguna afectación en cuanto a semanas cotizadas. La ayuda de desempleo tiene esa consecuencia porque uno está retirando parte de las aportaciones obligatorias y por lo tanto hay una consecuencia (de manera conceptual uno debería “reponerlas” para no afectar su pensión). En lugar de que tengas que “reponerlas” y que esto se convierta en una deuda, la ley te obliga a trabajar más semanas para que tengas derecho a tu pensión. Eso lo compensa.

Sin embargo, es importante mencionar que el ahorro voluntario se puede hacer deducible de impuestos. Entonces es muy importante, cuando haces aportaciones de corto plazo, fijarte que la Afore no las marque como aportaciones deducibles. Porque en ese caso, si tú retiras tu dinero antes de la edad de jubilación, la Afore tiene la obligación de retenerte un 20% del monto que retiras por concepto de impuestos provisionales.

La razón de que esto suceda es: si tú haces tu ahorro deducible de impuestos, quiere decir que pagarás menos impuestos en tu declaración anual (o incluso tendrás un saldo a favor). Cuando tú retiras tu ahorro, como lo habías hecho deducible, ese retiro se considera un ingreso para ti – sobre el cual tienes que pagar impuestos. La Afore te retiene un 20% por ley como un impuesto provisional y te debe dar una constancia, que te servirá para tu declaración anual.

Por ello – enfatizo – como tu intención es hacer un ahorro voluntario de corto plazo (es decir retirarlo en algún momento) fíjate bien que lo marquen como no deducible, para que no te lleves una sorpresa al momento de que quieras retirarlo.

Para instrumentos como Cetes o incluso dinero en una sociedad de inversión es posible hacer un cálculo con base en el rendimiento esperado, las comisiones y los impuestos y sus retenciones. Pero con la Afore no puedo, al desconocer a detalle las reglas del juego, en particular, comisiones por rendimientos y cómo afecta mi puntuación en Infonavit o mi pensión (dicen que no afecta en nada). Desafortunadamente la información de los promotores no es clara y se enfocan mucho en las ventajas, sin dar a conocer los costos de manera adecuada.

Mucho le agradeceré si puede orientarme o dedicar un espacio en su publicación para quienes tenemos estas dudas al respecto y más aún, para quienes desconocen esta modalidad, seguro estoy de que sus palabras nos serán de mucha utilidad.

Jorge: el ahorro voluntario en tu Afore se invierte en una SIEFORE, que significa: Sociedad de Inversión Especializada en FOndos para el REtiro. En este sentido funciona igualito que cualquier otra sociedad de inversión. Las comisiones que cobran las Afores son transparentes – se publican como también sucede con las Sociedades de Inversión. Entonces sí puedes hacer exactamente el mismo cálculo.

Como mencioné, el ahorro voluntario es un servicio adicional que te brinda tu Afore. Como su nombre lo indica, es totalmente voluntario. Por ello no afecta en nada tu puntuación en el Infonavit. Con respecto a tu pensión, a través del ahorro voluntario (particularmente las aportaciones complementarias para el retiro que es una modalidad de ahorro voluntario a largo plazo) puedes incrementar tu pensión – es decir lo que tú ahorras de manera adicional te puede ayudar a tener una mejor pensión en el futuro.

Pero no afecta en nada la pensión del régimen obligatorio – ni tus derechos, porque – reitero – es un ahorro voluntario.

Todos tenemos que hacer una planeación de nuestro retiro, porque con las puras aportaciones obligatorias en las Afores, la pensión que casi todos vamos a obtener será muchísimo menor que el sueldo que teníamos antes de jubilarnos. Si uno quiere aspirar a tener un retiro cómodo, forzosamente tenemos que ahorrar de manera adicional. Hay varios mecanismos para hacerlo – el ahorro voluntario de largo plazo en las Afores es una opción pero hay otras. En cualquier caso, sí es fundamental hacer este ahorro deducible y aprovechar los beneficios fiscales que son muy importantes.

Espero haber respondido tus dudas sobre el ahorro voluntario de corto plazo.

  • http://twitter.com/jorgeorion Jorge Espíritu

    Hola Joan, buen día.
    Me parece excelente el post de hoy, por lo cuál me gustaría abonar con unos comentarios a la respuesta a Jorge.
    1. Las aportaciones de corto plazo no cuentan con beneficio fiscal, en virtud de estar pensadas para un horizonte de inversión corto (se pueden retirar cada 2 o 6 meses, dependiendo de la AFORE, es decir, podrían efectuarse y retirarse en menos de un ejercicio fiscal).
    2. No todas las AFORES cuentan con Siefores Adicionales (donde se invierten las Aportaciones Voluntarias), de no contar con Siefores Adicionales, se invertirán en la Siefore Básica que corresponda a tu edad. Ésto lo menciono para que puedas revisar el Índice de Rendimiento Neto y la Comisión que cobra la Administradora (en la Siefore Adicional puede variar la comisión, respecto a la que cobra en la Siefore Básica).
    3. Independientemente de no solicitar el beneficio fiscal (el beneficio es para Aportaciones Complementarias de Retiro, Aportaciones de Largo Plazo o Aportaciones con Perspectiva de Largo Plazo), cuando retires tus recursos, la AFORE te retendrá el 0.65% de los intereses generados como pago provisional de ISR (por ley está obligada a realizarlo). Esto es sólo de los intereses generados, no de tus aportaciones.
    Saludos

    • http://www.PlaneaTusFinanzas.com/ Joan Lanzagorta

      Jorge,

      Te agradezco mucho el comentario porque añade valor y agrega a mi exposición.

      Como bien dices no tiene mucho sentido hacer aportaciones de corto plazo deducibles (por la naturaleza de las mismas). Sin embargo existen y por eso redacté mi post de esa manera. Te anexo a manera de ejemplo (no soy cliente de ellos) el link a la página de ahorro voluntario de InverCap, en donde como podrás ver se incluye esta modalidad: http://www.invercap.com.mx/V4/ic_ns_aportaciones.aspx

      Con respecto al punto 3, efectivamente hay una retención pero me gustaría hacer una precisión: la retención es del 0.60% sobre las aportaciones – no sobre los intereses. La legislación establece que esta retención debe hacerse sobre el capital que dio origen a los intereses reales (que son precisamente las aportaciones).

      Saludos cordiales!!

  • Mariana

    Hola,
    Acabo de iniciar los trámites para realizar aportaciones voluntarias automáticamente cada mes, decidí hacerlo con el mínimo permitido para ver cómo funciona. Yo no tenía intención de hacerlas deducibles, pero la asesora me aseguró que aún haciéndolas deducibles, si decido retirarlas en corto plazo obtendré algo de ganancia. Ahora me surge la duda, qué porcentaje de esas aportaciones me regresará el SAT cuando presente mi declaración, El 20% que me retendrán si las retiro? Cómo puedo calcularlo?
    Gracias!

    • http://www.PlaneaTusFinanzas.com/ Joan Lanzagorta

      Mariana,

      La verdad es que no tiene mucho sentido hacerlas deducibles a menos que pienses aprovechar el beneficio fiscal en el largo plazo. Es más complicado, no es el propósito pero además hay un efecto psicológico muy fuerte cuando retiras tu dinero y te retienen el 20% como impuesto provisional.

      El monto que te regresará el SAT depende de tu situación particular y nivel de ingresos. Pero de manera “sencilla” puedes pensar que te regresarán un % equivalente a la tasa que tributas. Es decir, si estás en el rango más alto y pagas un 30% de impuestos, entonces este porcentaje de tu ahorro es el que te devolverían (o que te ahorrarías en impuestos en caso de que no tengas un saldo a favor).

      Cuando retiras las aportaciones, debes considerarlas como un ingreso en tu declaración anual subsecuente, poniendo también el impuesto del 20% que te retuvo la Afore, porque esa es una retención provisional. Si tributas a una tasa del 30%, para seguir el mismo ejemplo, seguramente te resultaría que tienes que pagar un impuesto adicional al que te retuvieron.

      Espero haber sido claro.

      Gracias por el comentario.

  • Mauricio Priego

    Joan, excelente artículo. Honestamente no había considerado a las Afores como opciones de ahorro de corto plazo, principalmente por el tema de las minusvalías que de forma natural tienen las Siefores.

    Al ser su objetivo de largo plazo, tienen un riesgo intrínseco mayor que los CETES o los Fondos de Renta Fija (Deuda), y por tanto sus minusvalían en el corto plazo pueden llegar a ser significativas.

    ¿Cómo lo ves? ¿No sería riesgoso usar la Afore como opción de ahorro de corto plazo?

    Recibe un fuerte abrazo ;)

    • http://www.PlaneaTusFinanzas.com/ Joan Lanzagorta

      Hola Mauricio, sí desde luego tienen un riesgo mayor que los CETES o Fondos de Inversión, pero algunas Afores tienen Siefores específicas para ahorro a corto plazo que manejan un riesgo menor que las Siefores Básicas.

      Lo que es un hecho es que aunque la regulación es muy transparente, no es tan fácil para la gente conocer el riesgo y el hecho de que las Afores manejen este tema de manera distinta (unas con una Siefore separada y otras en la Siefore Básica 1 que en realidad tiene un horizonte de largo plazo), hace que la gente pueda confundirse mucho.

      Pero sí las considero una opción, claro sabiendo cómo funcionan como siempre.

      Un abrazo,

  • Enrique Barrales

    Joan.
    Estoy conociendo tu blog y me ha parecido muy interesante, tengo una duda con respecto al tema tratado aquí, comentas que si haces deducibles las aportaciones, tendrás que hacer un pago de impuestos cuando lo retiras, ¿ocurre lo mismo si el dinero se retira hasta el fina? o mas bien, si el dinero se queda exclusivamente para tu retiro ¿se genera este impuesto?; lo pregunto porque me propusieron un plan de ahorros en una compañía de seguros, (se que el esquema debe ser diferente) y me dijeron que si lo hacía deducible, al final, cuando me entregaran el dinero, tengo que descontar la cantidad que deduje de impuestos durante los años del ahorro.
    Gracias.
    Enrique Barrales.

    • http://www.PlaneaTusFinanzas.com/ Joan Lanzagorta

      Hola Enrique,

      Depende si el plan es bajo el Art. 176 de la Ley del Impuesto sobre la Renta o si es en base al Art. 218.

      En el primer caso (Art. 176, el beneficio fiscal más importante desde mi punto de vista) no es así, ya que las aportaciones más sus rendimientos reales en una décima parte (diez años) se suman a los demás ingresos por pensiones y se les aplica una exención de 9 veces el salario mínimo general. Por lo cual puede ser que uno no pague impuestos. Si excedes esta cantidad, sólo el excedente se considera ingreso acumulable, no el total.

      En el segundo caso (Art. 218) efectivamente, todo lo que retiras se considera ingreso acumulable, no obstante de todas maneras hay un beneficio fiscal, porque es probable que a tu retiro tributes a una tasa más baja que la actual. En caso contrario, de todos modos la Ley dice que en ningún caso se te cobrará una tasa más alta que la que existía cuando hiciste tu ahorro deducible. Puede verse como un diferimiento fiscal, sí tiene un beneficio pero es menor.

      Desde mi punto de vista, uno debe aprovechar al máximo el Art. 176. Si uno tiene una capacidad de ahorro mayor, entonces las siguientes aportaciones (lo que exceda del tope permitido bajo el Art. 176) se pueden haber en planes sujetos al Art. 218. De esta manera se combinan ambos beneficios y se maximiza.

      Saludos cordiales,

  • Pingback: ¿Ahorro Voluntario en la Afore o Fondos de Inversión?

  • Fco Romero

    Hola, he estado pensando en contratar una afore por aportaciones voluntarias para ahorrar para el enganche de mi casa proyectándolo a 5 años, he leído un poco sobre la Afore Banamex AV Plus y pues ofrecen plazos a 5 años renovables hasta los 65 años de edad, aunque en este caso yo quiero usarlo por solo 5 años, solo me queda una gran pregunta, si marco estas aportaciones como no deducibles, al llegar a los 5 años y querer retirar el dinero, me cobrarán solo el porcentaje 0.60% sobre el monto del capital que generó los intereses o también el 20% del impuesto por retiro anticipado?.

    Muy buen post la verdad he estado aprendiendo mucho sobre las afores leyendo esto, saludos

    • http://www.PlaneaTusFinanzas.com/ Joan Lanzagorta

      Hola Francisco,

      Te agradezco mucho el comentario. Si lo marcas como no deducible, sólo te cobran el ISR por los intereses generados, pero no te retienen el 20% del impuesto por retiro anticipado.

      Aunque te recomiendo que te informes bien, ya que de información de la página de internet de la Afore Banamex, pareciera que todas las aportaciones a este fondo AV Plus se marcan como deducibles. Y en ese caso sí tendrías la retención del 20%.

      Espero haberte ayudado.

      Saludos,

  • sharon

    Este post me parece excelente, sin embargo no es lo suficiente claro para mi … podrías relizar un ejercicio con datos ficticios para mejor entendimiento porfavor?

    • http://www.PlaneaTusFinanzas.com/ Joan Lanzagorta

      Hola Sharon,

      Por supuesto en el futuro publicaré un post con algunos datos numéricos. En este caso pensé que no era necesario ya que la explicación es más conceptual que otra cosa.

      Te agradezco la retroalimentación.

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