- 26 de jun de 2013
El ABC del retiro por desempleo en tu Afore
- Joan Lanzagorta
- Protección
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Si uno se encuentra sin trabajo y lo necesita, puede hacer uso parcial de los recursos que tiene en su Afore a través del retiro por desempleo.
Sin embargo, es un beneficio limitado y no siempre es conveniente, ya que te resta semanas de cotización (aunque puedes reintegrarlas).
A continuación te explico los detalles de este beneficio. Para información oficial puedes consultar la página de CONSAR sobre retiros parciales.
¿Cuál es el monto máximo del retiro por desempleo?
Depende si cotizas en el IMSS o bien en el ISSSTE, y la antigüedad que tenga tu cuenta individual.
A continuación explico el retiro por desempleo dependiendo de tu caso particular.
Retiro por desempleo – trabajadores IMSS
Para las personas que cotizan en el IMSS, existen dos modalidades de retiro por desempleo, que dependen principalmente de la antigüedad que tenga tu cuenta individual en la Afore.
Los dos tipos de retiro son:
Modalidad A
Tu cuenta debe tener una antigüedad mínima de 3 años, y además debes tener mínimo 2 años cotizando ante el IMSS acreditados en tu cuenta.
En este caso, el monto del retiro por desempleo que puedes obtener es 30 días de tu último salario base de cotización, con tope de 10 veces el salario mínimo general vigente en la Ciudad de México.
Modalidad B
Tu cuenta debe tener una antigüedad mínima de 5 años.
En este caso, el monto del retiro por desempleo que puedes obtener es 90 días de tu salario base de cotización promedio de las últimas 250 semanas (o las que tuvieres), o el 11.5% del saldo de la subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV), lo que resulte menor.
Cabe mencionar que si cumples con la antigüedad mínima de 5 años en tu cuenta individual, puedes elegir entre la Modalidad A o la Modalidad B.
¿Cómo se solicita el retiro por desempleo si cotizas en el IMSS?
Para hacer el trámite ante tu Afore, el IMSS te debe proporcionar un Certificado del Derecho al Retiro por Desempleo.
Este certificado lo debes solicitar en la subdelegación del IMSS que te corresponde. Si no sabes cuál es, puedes consultarla en la línea del IMSS: (800) 623-2323.
Debes llevar los siguientes documentos en original y copia:
Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses.
Identificación oficial (INE, pasaporte vigente u otro documento oficial).
Los 2 últimos estados de cuenta de la Afore.
Una vez que cuentes con este certificado, espera 5 días hábiles antes de comunicarte con tu Afore, para confirmar que ya lo tienen registrado en su sistema. Tendrás que acudir a una oficina de tu Afore a hacer la solicitud, y desde luego tendrás que llevar el Certificado de Derecho al Retiro por Desempleo, además de los documentos que te indique tu Afore.
También puedes realizar el trámite de manera digital a través de AforeMóvil o AforeWeb. El pago lo recibes 5 días hábiles después, ya sea en una ventanilla bancaria o bien mediante transferencia a tu cuenta de cheques o ahorro.
Retiro por desempleo – trabajadores ISSSTE
Si cotizas en el ISSSTE, también hay dos modalidades pero dependen del régimen bajo el cual estés inscrito.
Trabajadores en el régimen de Cuentas Individuales
Tienes derecho a retirar la cantidad que resulte menor entre 75 días de tu sueldo básico promedio de los últimos 5 años, o el 10% del saldo registrado en tu subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV).
Trabajadores en el régimen del Artículo Décimo Transitorio
Puedes retirar hasta el 10% del saldo reflejado en la subcuenta de Retiro.
¿Cómo se solicita el retiro por desempleo si cotizas en el ISSSTE?
El trámite es similar al que deben hacer los trabajadores que cotizan al IMSS.
Debes acudir a la Delegación Estatal o Regional del ISSSTE que te corresponde y solicitar el Certificado de Desempleo.
Una vez que cuentes con este certificado, espera 5 días hábiles antes de comunicarte con tu Afore, para confirmar que ya lo tienen registrado en su sistema. Tendrás que acudir a una oficina de tu Afore a hacer la solicitud, y desde luego tendrás que llevar el Certificado de Desempleo, además de los documentos que te indique tu Afore. El pago lo recibes 5 días hábiles después, ya sea en ventanilla bancaria o bien vía transferencia a tu cuenta de cheques o ahorro.
Consecuencias del retiro por desempleo
El retiro por desempleo tiene consecuencias que son la disminución de tus semanas cotizadas tanto en el IMSS como en el ISSSTE. El número de semanas de cotización que te descuentan depende de varios factores; el cálculo lo realizan ambos institutos y te lo deben informar.
Una vez que vuelves a trabajar puedes regresar total o parcialmente el monto que retiraste por desempleo, en tu cuenta de RCV directamente en tu Afore. En este caso, se te pueden reintegrar parte o todas las semanas de cotización que te descontaron.
¿Has hecho uso del retiro por desempleo?
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