calculadora, pluma, pila de monedas creciente y billetes representando planeación para el retiro y aprovechamiento de estímulo fiscal al ahorro para el retiro

  • 17 de dic de 2010

Estímulos fiscales al ahorro para el retiro – Parte 2 – Plan de Retiro con Estímulo Fiscal

En mi post Estímulos fiscales al ahorro para el retiro – Parte 1 – Plan Personal de Retiro, hablé sobre el Plan Personal de Retiro basado en el Artículo 151, fracción V de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) como un vehículo ideal para canalizar nuestro ahorro para esta importante etapa de nuestra vida.

Sin embargo, como mencioné, el monto máximo que se puede deducir es del 10% de nuestro ingreso anual o 5 UMAs elevadas al año, lo que resulte menor.

Para aquellos que tienen la posibilidad de establecer un ahorro mayor, la legislación fiscal nos brinda otro vehículo adicional, también muy atractivo, en el cual podemos deducir, adicionalmente a lo permitido por el Plan Personal de Retiro, hasta $152,000 pesos. Este vehículo es el Plan de Retiro con Estímulo Fiscal que está basado en el Artículo 185 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

¿Cuáles son sus características?

El Plan de Retiro con Estímulo Fiscal tiene como objetivo fomentar el ahorro a largo plazo, con un estímulo que permite diferir nuestros impuestos y por ende pagarlos posteriormente.

A diferencia del Plan Personal de Retiro, en el Plan de Retiro con Estímulo Fiscal solo se puede invertir en fondos de inversión en instrumentos de deuda. Estas inversiones no pueden ser retiradas, traspasadas o recompradas por terceros, antes de un plazo mínimo forzoso de 5 años, salvo en el caso de que el titular fallezca por cualquier causa. Las cantidades que se invierten en los fondos de inversión, más los intereses generados, son acumulables en la declaración anual del ejercicio en que se reciban o retiren.

No obstante, también existen seguros que brindan los beneficios del Art. 185, mediante los cuales es posible invertir, además, en renta variable.

Entonces, en un Plan de Retiro con Estímulo Fiscal, el beneficio consiste básicamente en un diferimiento del impuesto. Es decir, si invertimos hoy $40,000 pesos en un Plan de Retiro con Estímulo Fiscal, podemos deducir esa cantidad de nuestra declaración anual en abril, con lo cual podemos recuperar aproximadamente $9,400 pesos.

Es importante reiterar: existe un plazo mínimo forzoso de 5 años (no se puede retirar anticipadamente en ningún caso salvo fallecimiento del titular). Transcurrido el plazo mínimo, el dinero se puede dejar invertido para que siga creciendo libre de impuestos, por el tiempo que sea.

Si quieres empezar a invertir con una estrategia clara por objetivos, combinar ambos vehículos —el Art. 151 y el Art. 185— puede ser la estructura más eficiente para quien tiene capacidad de ahorro suficiente.


La serie Estímulos fiscales al ahorro para el retiro:

Parte 1 – Plan Personal de Retiro

Parte 2 – Plan de Retiro con Estímulo Fiscal 

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